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A partir del 1 de julio los establecimientos comerciales deberán cobrar las bolsas de plástico a los clientes

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Durante la segunda quincena de junio, enviaremos por correo postal a nuestros socios el cartel para sus establecimientos. Asimismo, lo tendréis disponible en nuestras oficinas desde dicha fecha.

Ayer, lunes 21 de mayo, se publicó la nueva ley que pretende reducir en nuestro país el consumo actual de bolsas de plástico, mediante el cobro a los consumidores de las mismas; y tal y como te hemos ido informando durante estos últimos meses, dicha Ley establece una serie de medidas a adoptar en los establecimientos comerciales a partir de las fechas que te indicamos.

A partir del 1 de julio de 2018

  • Queda prohibida la entrega gratuita a los consumidores de bolsas de plástico.
  • Se cobrará una cantidad por cada bolsa de plástico proporcionada al consumidor, excepto en las bolsas con espesor inferior a 15 micras,que por razones de higiene son proporcionadas con la compra de carne fresca y derivados cárnicos, en nuestro sector, el de la carnicería-charcutería; y en las bolsas de plástico con un espesor igual o superior a 50 micras con un porcentaje igual o mayor al 70% de plástico reciclado.
  • El precio de cada bolsa deberá quedar reflejado como un artículo más en el ticket de compra facilitado al cliente.
  • Se informará a los consumidores mediante un cartel visible de los precios establecidos por unidad y espesor de bolsa de plástico disponible en el establecimiento.
  • En el caso de que los establecimientos faciliten al consumidor bolsas de plástico con un espesor igual o superior a 50 micras con un porcentaje igual o mayor al 70% de plástico reciclado, los comerciantes deberán disponer de la documentación que acredite dicho porcentaje facilitada por el fabricante.

Medidas a adoptar a partir del 1 de enero de 2020

  • Se prohíbe la entrega a los consumidores de bolsas de plástico fragmentables.
  • Las bolsas de plástico de espesor igual o superior a 50 micras contendrán un porcentaje mínimo del 50% de plástico reciclado.

Medidas a adoptar a partir del 1 de enero de 2021

  • Se prohíbe la entrega de bolsas de plástico ligeras y muy ligeras al consumidor en los puntos de venta de bienes o productos, excepto si son de plástico compostable.

PRECIOS ORIENTATIVOS DE LAS BOLSAS DE PLÁSTICO, ESTABLECIDOS EN EL RD 293/2018

  • Bolsas muy ligeras (espesor inferior a 15 micras) = 5 céntimos de €/bolsa.
  • Bolsas ligeras (entre 15 y 49 micras) = 15 céntimos de €/bolsa.
  • Bolsas de igual o superior espesor a 50 micras = 15 céntimos de €/bolsa.
  • Bolsas de espesor igual o superior a 50 micras con un contenido igual o superior al 50% de plástico reciclado = 10 céntimos de €/bolsa.
  • Las bolsas con espesor inferior a 15 micras, en nuestro sector, el comercio al por menor de carne, no estamos obligados a cobrarlas.

Durante la segunda quincena de junio, enviaremos por correo postal a nuestros socios el cartel para sus establecimientos. Asimismo, lo tendréis disponible en nuestras oficinas.

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Categorías: Asesoría jurídica, Calidad y seguridad alimentaria, Noticias
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